Los 7 puntos principales de la directiva sobre protección al consumidor en hipotecas

La directiva sobre hipotecas tiene como objetivo evitar la concesión “irresponsable” de préstamos.  El objetivo de la directiva es doble: por un lado proteger al consumidor y por otro, fomentar la estabilidad financiera, evitando la concesión “poco responsable” de hipotecas.

Se incrementan los requisitos de información y transparencia y se contempla de manera expresa la dación en pago.

 

Otros puntos a los que se hace referencia expresa son:

1.- Información pre-contractual: los bancos estarán obligados a la entrega de un folleto informando sobre la hipoteca, en el que deberá aparecer el tipo de interés. Deberá también informar de los riesgos de la oferta como en el caso de que el tipo sea variable o de que se trate de un préstamo en una divisa distinta al euro.

 

2.- Período de Reflexión: Los consumidores tendrán un plazo de 7 días para poder desistir de la hipoteca.

 

3.- Solvencia: Se obliga al banco a evaluar la solvencia del consumidor con un estándar a nivel europeo. Si el consumidor no da el nivel de solvencia, el banco deberá denegar la hipoteca.

 

4.- Reembolso: El consumidor tendrá derecho a reembolsar la hipoteca antes de su vencimiento, aunque se deja a los Estados la libertad para establecer el pago de una “compensación” al banco.

 

5.- Dación en pago: En este punto no se aporta mucho: La directiva impide que los Estados se opongan a la dación en pago acordada por las partes y exige que los bancos se muestren “razonablemente tolerantes” ante las dificultades de pago de los clientes.  Considero que estos términos son vagos y si no se concretan más quedarán en papel mojado.

 

6.- Productos vinculados: Se prohíbe ligar la concesión de la hipoteca a la adquisición de otro producto financiero, aunque se dejan “ventanas abiertas” para seguros y otros productos de ahorro.

 

7.- Mercado único hipotecario: Para mejorar la competencia, se crea un “pasaporte europeo” mediante el cual un intermediario de crédito autorizado en un Estado miembro, podrá ofrecer sus servicios en toda la UE.

 

En resumen, la línea general es la protección de los consumidores y usuarios en la concesión de hipotecas, pero los pasos son muy lentos. Por otro lado, exigir a los bancos que sean prudentes en la concesión de hipotecas, cuando saben que si hay problemas vendrá el Estado para ayudarles por que “soy sistémico”, parece poco realista.

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