Seguro de renta vitalicia: Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes sobre los Seguros de Renta Vitalicia ¿Hay alguien que confíe en el sistema de pensiones? Una opción con la que cubrir el riesgo de insuficiencia de la pensión es la contratación de un seguro de renta vitalicia. Se trata de una forma de ahorro que, según la ICEA (Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y de Fondos de Pensiones), ya han elegido aproximadamente 2,5 millones de españoles. En esta entrada revisamos las características principales de los seguros de renta vitalicia. Ahora bien, debemos tener en cuenta que todo producto de ahorro tiene sus luces y sus sombras. Por desgracia es muy frecuente que no se proporcione a los interesados la información adecuada para que puedan saber exactamente qué están contratando y qué riesgos están asumiendo. En el artículo de hoy hablaremos de los seguros de renta vitalicia y aclararemos gran parte de sus posibles dudas en la materia. ¿Qué es un seguro de renta vitalicia? Un seguro de renta vitalicia es un producto de ahorro ideado especialmente con el fin de mantener el nivel de vida del asegurado durante la jubilación. A través de este mecanismo, el asegurado paga una prima a cambio de recibir una renta hasta su fallecimiento. Con la contratación del seguro podrá pactarse el pago por el asegurado de una única aportación de capital (prima única) o de varias aportaciones (primas extraordinarias). A cambio, este recibirá una renta periódica vitalicia (mensual, trimestral, semestral o anual). Dicha renta podrá ser o no revalorizable y su cuantía dependerá no solo del capital aportado por el titular, sino también de la rentabilidad del activo en el que se invierta. Algunas aseguradoras como Zúrich exigen un importe mínimo para tener un seguro de rentas vitalicias. La aseguradora calcula la cantidad que se podrá recibir en cada mes, trimestre, semestre o año, en función de la esperanza de vida del asegurado. Generalmente se podrá obtener una rentabilidad de entre el 1% y el 1,5% durante ese tiempo. De hecho, esta es una ventaja del seguro de renta vitalicia frente a la apertura de una cuenta corriente en la que el interés real tiende a ser negativo. Además, si así lo dispone el contrato, será posible que al fallecimiento del asegurado se deje una cuantía a percibir por parte de sus herederos (que normalmente se fijará como un porcentaje de la prima aportada por el asegurado). En este caso, el asegurado podrá variar las condiciones de las cantidades a percibir: podrá reducir el importe de su renta vitalicia a cambio de asegurar un mayor pago para sus beneficiarios en caso de fallecimiento, o podrá hacer justo lo contrario. ¿Son todos los seguros de renta vitalicia iguales? Podemos distinguir distintas modalidades: De rentas inmediatas: el cliente abona la prima única y desde ese momento comienza a recibir el cobro periódico. De rentas diferidas: el cliente abona la paga única, pero empieza a percibir la renta en una fecha futura pactada en el contrato. Modalidad de capital cedido: no existe posibilidad de recuperar el dinero invertido ni siquiera tras el fallecimiento. A cambio, las rentas mensuales son más altas. Modalidad capital reservado: el seguro cubre el fallecimiento y se deja una cantidad a percibir por los herederos. En este caso sí es posible rescatar la inversión, pero la renta la percepción será menor que la aportación. Modalidad mixta: es una combinación de las dos anteriores en la que el dinero puede rescatarse por el valor de mercado, pero en caso de fallecimiento, los beneficiarios solo recibirán un porcentaje de la aportación. Es la más habitual cuando la prima inicial es alta, pero la menos recomendable cuando es baja, dado que se obtendrá menos rendimiento. Modalidad de reversión de la renta: al fallecer el asegurado, el beneficiario del contrato de seguro seguirá recibiendo la renta que antes recibía el contratante. ¿A qué edad se puede contratar un seguro de renta vitalicia? Uno de los puntos más importantes si nos planteamos la contratación de este seguro es la cantidad que vamos a aportar y el momento en que vamos a contratarlo. La importancia radica en que los beneficios fiscales mejoran cuanto mayor sea la edad del contratante, por lo que debemos valorar a partir de qué momento podremos sacarle el máximo provecho a esa renta vitalicia. Este producto está pensado para personas cercanas a la jubilación. La fiscalidad esta opción resulta atractiva a partir de los 50 años, pero las mayores ventajas se obtienen a partir de los 70 años. Por eso es una buena opción para personas que llevan un tiempo jubiladas y quieren asegurar el cobro de una determinada cantidad que complete la pensión al tiempo que buscan sacar rentabilidad a una parte de sus ahorros. ¿Pueden contratarlo varios cotitulares? El seguro de renta vitalicia puede contratarse tanto a uno como a dos titulares, de modo que la renta periódica se abona mientras uno de ambos sobreviva. En cuanto al tratamiento fiscal, en caso de que haya dos titulares, se considera que la renta es en un 50% para cada uno, de modo que a cada uno de ellos se aplicará la retención correspondiente. Ahora bien, ¿Qué ocurre si uno de los dos titulares muere? En ese caso el otro titular deberá tributar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) y seguirá cobrando la totalidad de la renta sin que se apliquen retenciones a la mitad de la renta. Cuando fallezca el segundo asegurado, el capital de fallecimiento se abonará a los beneficiarios en caso de haber contratado en el seguro esta característica. ¿Se puede modificar la periodicidad de las rentas? ¿Se puede añadir más aportaciones? Como ya hemos visto, es fundamental saber qué cantidad de dinero aportaremos desde un primer momento. No obstante, no siempre es definitivo, dado que son muchas las aseguradoras que permiten modificar el acuerdo tanto añadiendo dinero al ya aportado (primas extraordinarias), como cambiando la periodicidad de nuestra renta vitalicia. Si nos estamos planteando contratar un seguro de renta vitalicia es importante estudiar con detenimiento la compañía aseguradora con la que vamos a realizar la contratación: ni todos los seguros tienen las mismas