Banca

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Banca

Quiénes son los dueños del ladrillo de la banca

La banca española afronta el repunte de morosidad de primavera con un lastre inmobiliario de 47.500 millones de euros. El capital riesgo ha llenado sus redes en España con 156.000 millones en crédito promotor e inmuebles propiedad de la banca en los últimos seis años. Los más activos, con diferencia, han sido Blackstone, Cerberus y Lone Star. Entre los tres concentran 76.300 millones en activos tóxicos, según los cálculos de la consultora Axis Corporate, muy presente en este mercado. Y todavía pueden hacer más negocio en nuestro país si los peores augurios se cumplen y la morosidad bancaria repunta a partir de primavera, cuando vencen los créditos ICO concedidos en lo peor del Covid a empresas con problemas de liquidez. En estos momentos el 16% de ellos están clasificados en vigilancia especial, según datos del Banco de España. Es decir, al corriente de pago, pero con problemas. Por el lado de los particulares no se esperan sustos porque solo el 9% de los créditos está contabilizado como dudoso. Blackstone es el fondo estadounidense que tiene el control mayoritario de Quasar, la sociedad a la que Santander traspasó el riesgo inmobiliario de Popular (30.000 millones, una operación récord) tras su compra a las autoridades europeas en el verano de 2017. Cerberus se adjudicó en las postrimerías de la crisis financiera de 2007-2008 una importante cartera de BBVA, fundamentalmente inmuebles heredados de Catalunya Caixa, así como activos procedentes de Sabadell. Lone Star, por último, se quedó en 2018 con una gran parte de lo peor de los de pisos e inmuebles de CaixaBank, así como de Bankia.   Novedades En los dos últimos años, el fondo más activo ha sido el español Procobro, gracias a un lote de 1.700 millones de préstamo promotor comprado a Sareb el pasado verano. En diciembre el banco malo traspasó otra cartera de crédito, en esta ocasión de 1.600 millones, también a Procobro tras un proceso competitivo. Le sigue CPPIB, el mayor fondo de pensiones de Canadá, que en 2020 se hizo con la cartera Atlas de Santander, de 1.672 millones de euros. Y KKR, con sendas carteras compradas a BBVA y a Sabadell, por 700 y 550 millones, respectivamente. Entre 2015 y 2021, los bancos que más activos tóxicos han sacado de balance son Santander, seguido de CaixaBank y de Sabadell. Santander es la entidad que mayor lastre ha soltado de Europa (39.000 millones), sólo por detrás de UniCredit. Monte dei Paschi es el tercero y, CaixaBank, el cuarto. Gran parte de los activos que se están vendiendo ahora son préstamos morosos a pymes y créditos al consumo impagados, según fuentes del mercado. Los fondos de capital riesgo son capaces de rentabilizar estas bolsas de inmuebles y créditos impagados por tres motivos. Primero, porque compran a precios de derribo, con descuentos que oscilan entre el 70% y el 90%. Segundo, porque tienen una escala que les permite aflorar muchas sinergias entre países.   Y tercero, y muy importante, porque no están sometidos a la estricta regulación bancaria y eso les abre un mayor abanico de posibilidades. Los fondos, por ejemplo, tienen más margen de maniobra para aplicar quitas a los deudores y para recuperar pisos y locales en garantía de préstamos fuera de los juzgados, mediante pactos extrajudiciales para evitar que los procesos se alarguen. Buena parte de los inmuebles que se adjudican los ponen en alquiler, previa rehabilitación, con contratos que suelen obligar al inquilino a tener un seguro de protección de rentas. Si hay problemas de ocupación, los fondos normalmente son capaces de recuperar antes el activo. La mayor parte de estos jugadores de mercado dan salida a los pisos, garajes, locales y naves a través de plataformas de comercialización (servicers), en las que los bancos tienen participaciones minoritarias. Altamira, controlada al 85% por DoValue y al 15% por Santander, tiene una cuota en España del 21%, según los cálculos de Axis Corporate a partir de fuentes públicas y de los propios servicers. Aliseda, controlada al 51% por Blackstone y al 49% por Santander, tiene una cuota del 15%; lo mismo que Haya, propiedad al 100% de Cerberus. Junto con la venta de carteras, la herramienta primordial que ha empleado la banca española, se están abriendo paso las titulizaciones. Se trata de una vía que han utilizado con profusión los bancos griegos, chipriotas e italianos y que permite acelerar la limpieza de los balances. Sabadell ha abierto este mercado con una titulización de 1.500 millones en préstamos para reducir su riesgo en pymes.

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Reclamar por Fraude Bancario

¿Puedo reclamar al banco si he sido estafado? Las tecnologías han traído consigo muchas ventajas, pero también numerosos fraudes informáticos relacionados con la banca y las tarjetas de crédito. La realidad es que muchas personas afectadas por esta situación no acuden a un abogado. Creen que es culpa suya por no haber prestado suficiente atención a la web. Es por ello que creemos importante dedicar este artículo a la posible responsabilidad del banco en estos casos. Como veremos, no solo existe una responsabilidad penal del estafador.   Principales tipos de fraude relacionados con cuentas bancarias. El «Phishing» es una técnica que se utiliza para obtener datos personales y bancarios de los usuarios. Se inicia con un mensaje por distintas vías como e-mail, WhatsApp o SMS con los que los ciberdelincuentes suplantan la identidad del banco. De esta forma les engañan y manipulan para que sigan las indicaciones del mensaje y faciliten sus datos bancarios, poniéndolos en peligro. Por ejemplo: al usuario le llega un mensaje con un link señalando que por motivos de seguridad deberán cambiarse las credenciales de seguridad. Normalmente el phishing utiliza contra la víctima el mismo código de programa del banco o un servicio similar, por lo que su página web adquiere la apariencia de la entidad bancaria. Algunas de las formas más recurrentes de engaño son: pedir al usuario que confirme sus datos personales o que acceda a un enlace para realizar un pago, el envío de una factura falsa o la oferta de cupones gratis. Junto al phishing, las estafas más frecuentes son las siguientes: Suplantar la identidad de correos o en redes sociales. La clonación de tarjetas. La creación de webs ficticias.   ¿Cuál será el procedimiento más conveniente en estos asuntos? ¿Civil o penal? En estos supuestos, lo más aconsejable es seguir la vía civil contra la entidad bancaria, puesto que es la que ofrece más posibilidades de recuperación de lo defraudado. Ahora bien, en caso de que queramos buscar responsables penales, será posible proceder contra el estafador por la vía penal y reclamar a la vez la responsabilidad civil y la entrega de los importes defraudados a la entidad bancaria. No obstante, como hemos dicho lo que más nos interesa en este caso es reclamar al banco por la vía civil desde un primer momento. Como veremos más adelante, el banco deberá devolver al usuario esos importes en todo caso salvo que hubiese mediado negligencia por su parte. En todo caso, la negligencia del usuario deberá demostrarla el propio banco.   ¿Qué tengo que hacer si he sufrido Phishing? Lo primero que debemos hacer en caso de haber sufrido phishing es ponernos en contacto con nuestra entidad bancaria y comunicarle los hechos lo antes posible. De esta forma, podrá bloquear el medio de pago (anular las tarjetas, por ejemplo) y proporcionarnos nuevas credenciales de seguridad. Además, tendremos que presentar denuncia ante la Policía Nacional detallando el método de fraude y guardar los mensajes o llamadas a través de los que ha operado el fraude conservándolos como pruebas. Posteriormente tendremos que rellenar unos formularios del banco reclamando o solicitando por escrito la devolución de los importes y nos pedirán que aportemos una copia de la denuncia.  Es importante que guardemos justificantes de entrega de las comunicaciones que realicemos.   ¿Puedo reclamar al banco si he sufrido Phishing? Sí, podemos reclamar al banco. Ahora bien, la realidad es que los bancos intentan exonerarse de su responsabilidad con diferentes argumentos. Los artículos 43 y siguientes de la Ley de Servicios de Pago establece que cuando el usuario no reconoce la autoría de la operación de pago o una falta de diligencia en sus obligaciones de custodia, la entidad deberá reembolsar inmediatamente los importes defraudados. Sin embargo, esto no ocurrirá en los casos en los que el banco pueda demostrar que el titular de la cuenta o tarjeta ha actuado de forma fraudulenta o incumpliendo de forma grave o deliberada alguna de las obligaciones que tiene como usuario de servicios de pago. Entonces, ¿por qué la entidad rechaza la devolución de los importes sustraídos aun cuando es evidente que el usuario ha sido víctima de estafa? ¿En qué se respaldan? Lo que el banco hace es comprobar que la operación se ha realizado introduciendo las claves de seguridad de la tarjeta o de la cuenta bancaria online y de esta forma intenta eludir su responsabilidad. Sin embargo, esta actuación es contraria a las buenas prácticas bancarias, puesto que los delincuentes han tenido acceso a esa información con métodos muy avanzados tecnológicamente. Por ello las operaciones han sido correctamente autenticadas, pero eso no implica que el usuario haya prestado realmente su autorización ni que no haya sido víctima de un fraude.   ¿Qué puedo hacer ante la negativa del banco de devolvernos los importes de las operaciones fraudulentas? Lo primero que aconsejamos en estos casos es presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente (SAC) del banco en el que hayamos solicitado la devolución de los importes indebidamente cargados en tu cuenta o tarjeta. La entidad responderá a esa solicitud en el plazo de 15 días y, en caso de que rechacen la petición, podríamos interponer otra reclamación ante el Banco de España. Ahora bien, esta opción no es aconsejable si los importes son altos, puesto que los plazos de resolución son largos y no serán vinculantes para la entidad. Pero, ¿Qué más podemos hacer si el SAC ha rechazado nuestra reclamación? En caso de que se encuentre en esta situación, aconsejamos que contacte con un abogado experto en materia de operaciones bancarias no autorizadas. Así iniciaremos una reclamación contra la entidad por los daños y perjuicios ocasionados por esas operaciones de pago fraudulentas. Si su entidad bancaria no se hace responsable, le ayudaremos a recuperar su dinero.   ¿Me pueden acusar de negligencia? Ya hemos visto que el banco suele argumentar que el usuario ha autorizado la operación fraudulenta mediante sus claves de seguridad. En otras ocasiones, las entidades no niegan la estafa, pero se respaldan en que el usuario ha sido negligente en el cumplimiento de sus obligaciones. Es decir, entienden que no ha

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Sobre los «Fondos Buitre»

Preguntas frecuentes sobre los «fondos buitre» En este artículo, vamos a realizar un breve análisis sobre los fondos que compran carteras de deuda bancaria, popularmente conocidos como «fondos buitre». El desembarco de estas entidades en España tuvo lugar entre los años 2012 y 2013, aprovechando la situación de crisis económica que sufría nuestro país desde 2008.   ¿Qué es un fondo buitre? Podemos definir los fondos buitre como sociedades, normalmente extranjeras, dedicadas a la compra de grandes paquetes de deuda tanto de entidades públicas como privadas con el objetivo de obtener importantes márgenes de rentabilidad. En el presente artículo, nos centraremos en aquellos «fondos buitre» que adquieren créditos principalmente a entidades bancarias y financieras para posteriormente reclamar los impagos a los deudores en vía judicial. Por su parte, Guillermo Rocafort, en su libro Malas prácticas de los fondos buitre en España y cómo tutelar los derechos del deudor en las cesiones de crédito (2017), define los fondos buitre del siguiente modo: “un especulador que se dedica sistemáticamente a comprar a precios de saldo activos, ya sean inmobiliarios como crediticios (deudas bancarias, entre otras), aprovechándose de las necesidades financieras y legales que tienen los bancos y otros operadores económicos en reducir sus costes de gestión de activos (impuestos, gastos de comunidad, etc.), sanear sus balances contables, ratios financieros y cuentas de resultados”.   Listado de fondos buitre que operan en España Hemos confeccionado una lista con los principales fondos de inversión de alto riesgo que han adquirido créditos a entidades bancarias y financieras de nuestro país y que actualmente operan en España: AXACTOR CAPITAL LUXEMBOURG, S.A.R.L. (AAP Valencia 24.11.2020, rec. 75/2020; AAP León 24.09.2020, rec. 539/2019; AAP Asturias 20.07.2020, rec. 290/2020; SAP A Coruña 28.01.2020, rec. 420/2019; AAP A Coruña 29.11.2019, rec. 242/2019; AAP Alicante 27.11.2019, rec. 206/2019; AAP Barcelona 26.09.2019, rec. 292/2019; AAP Granada 10.12.2018, rec. 450/2018). TTI FINANCE, S.A.R.L. (AAP Toledo 27.10.2020, rec. 336/2019; SAP Albacete 16.07.2020, rec. 165/2019; AAP A Coruña 03.03.2020, rec. 510/2019; SAP Alicante 18.11.2019, rec. 442/2019; SAP Madrid 09.07.2019, rec. 584/2018; AAP Valencia 24.01.2019, rec. 659/2018; AAP Navarra 11.06.2018, rec. 1051/2017). INVESTCAPITAL MALTA, L.T.D. (AAP Toledo 26.11.2020, rec. 328/2019; AAP Valencia 15.01.2020, rec. 403/2019; AAP Toledo 24.02.2020, rec. 2/2019; AAP Toledo 21.01.2020, rec. 685/2018). PRA IBERIA, S.L.U. (AAP Valencia 23.09.2020, rec. 868/2018; AAP Toledo 02.12.2019, rec. 654/2018; AAP Toledo 10.07.2019, rec. 480/2018; AAP Castellón 08.06.2017, rec. 366/2017). MELF MATCH ACQUISITION, S.A.R.L. (AAP Valencia 11.01.2021, rec. 392/2020; AAP Valencia 16.11.2020, rec. 535/2020; AAP Murcia 20.10.2020, rec. 132/2020). AIQON CAPITAL LUXEMBURGO, S.A.R.L. (SAP Madrid 14.01.2020, rec. 236/2019; AAP Madrid 13.12.2018, rec. 750/2018; SAP Málaga 17.11.2016. rec. 138/2016). HOIST FINANCE SPAIN, S.L. (AAP Asturias 08.02.2021, rec. 501/2020; AAP Asturias, 03.11.2020, rec. 325/2020; AAP Toledo 13.07.2020, rec. 188/2019). SALUS INVERSIONES Y RECUPERACIONES, S.L. (AAP Toledo 29.01.2021, rec. 459/2019; AAP Toledo, 29.01.2021, rec. 477/2019; AAP Toledo 29.05.2020, rec. 271/2019). ESTRELLA RECEIVABLES, L.T.D. (AAP Málaga 22.05.2020, rec. 1368/2018; AAP Toledo 29.01.2021, rec. 457/2019). ULTIMO PORTFOLIO INVESTMENT (LUXEMBOURG), S.A. (AAP Ourense 23.03.2021, rec. 955/2019; SAP Madrid 28.01.2021, rec. 753/2020). CABOT SECURITISATION (EUROPE) LIMITED (AAP Toledo 23.12.2020, rec. 474/2019; AAP Toledo 26.11.2020, rec. 378/2019). ALTAIA CAPITAL, S.A.R.L. (SAP Mallorca 15.09.2020, rec. 128/2020; SAP Asturias 14.05.2020, rec. 41/2020). LINDORFF INVESTMENT NUMBER 1 DESIGNATED ACTIVITY COMPANY (AAP Valencia 10.11.2020, rec. 13/2020). ZEUS PORTOFOLIO INVESTMENT 1, S.L.U. (AAP Castellón 13.03.2020, rec. 286/2020). ALCMENA BIDCO, S.A.R.L. (SAP Barcelona 31.01.2020, rec. 435/2019). DSSV, S.A.R.L. (AAP La Rioja 07.11.2019, rec. 378/2019). ASO (LUXEMBOURG) 2015, S.A.R.L. (AAP Barcelona 09.11.2016, rec. 888/2016). INTRUM JUSTITIA DEBT FINANCE, A.G. (AAP Asturias 24.03.2017, rec. 84/2017). ALKALI INVESTMENT II, S.A.R.L. (SAP Valencia 24.02.2017, rec. 1039/2016). FL SLAVADOR, S.A.R.L. (AJPI Vigo 11.11.2015, rec. 402/2012).   ¿Cómo funcionan los fondos buitre? Como hemos comentado, estos fondos se dedican a comprar paquetes de deuda a entidades bancarias y crediticias. Adquieren esta deuda normalmente a un valor bastante inferior al nominal, con el objetivo de cobrar la deuda que se ha comprado, con sus intereses. Esto es, los fondos de inversión de alto riesgo buscan llegar a un acuerdo con las entidades para comprar activos al precio más bajo posible y, con posterioridad, recuperarlos a un precio mucho más elevado del que pagaron por adquirirlos, obteniendo, de este modo, sustanciosos beneficios. Por ello se les conoce como fondos buitre o fondos oportunistas:  Hacen beneficios aprovechando la situación de debilidad del deudor. De una parte, las entidades bancarias venden su cartera de impagos que puede contener préstamos personales, pólizas de crédito, préstamos hipotecarios u otros productos bancarios. De otra, el fondo buitre adquiere dichos activos financieros por un valor que se suele establecer entre el 5% y el 10% del total de la deuda. Ello permite al banco sacar de su balance algunos activos considerados como tóxicos y conseguir el cobro de una cantidad, aunque sea mínima. Para los «fondos buitre», estas operaciones les resultan altamente ventajosas, ya que consiguen una gran rentabilidad. Compran deuda a precios muy bajos y gestionan las reclamaciones con mayor eficiencia que las entidades bancarias.   ¿Qué tipo de deudas compran los fondos buitre? Como se ha señalado, los fondos buitre adquieren de las entidades bancarias y crediticias, préstamos personales, pólizas de crédito, préstamos hipotecarios, deudas concursales, deudas de tarjetas de crédito o cualesquiera otros productos bancarios. En la mayoría de los casos se trata de deudas o bien fallidas en el cobro o bien con dudosas posibilidades de cobro. Sin embargo, los fondos buitre no solo compran deudas impagadas, sino que también adquieren préstamos hipotecarios o personales con las cuotas al corriente, aunque no suele ser lo más frecuente.   ¿Cómo defenderse de un fondo buitre? Principales estrategias Negociación La primera estrategia de defensa frente a los fondos buitre pasa por intentar negociar la deuda. Normalmente, estos fondos de inversión de alto riesgo admiten la negociación y prefieren el cobro rápido de las deudas. Retracto del Crédito Litigioso Otra estrategia pasaría por ejercitar contra el fondo buitre el derecho de retracto del crédito litigioso previsto en el art. 1.535 CC. El citado precepto establece la única protección que nuestro ordenamiento jurídico otorga al deudor cuyo crédito es objeto de cesión que consiste en la posibilidad de extinguirlo pagando al fondo de capital de riesgo tan

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CaixaBank crea un vehículo para gestionar 21.000 inmuebles de Bankia

CaixaBank está ultimando la creación de Living Center, una nueva unidad de negocio que albergará todos los activos inmobiliarios procedentes de Bankia, valorados en alrededor de 1.600 millones de euros. La nueva sociedad dependerá de Building Center y estará gestionada por Haya Real Estate. CaixaBank está cerrando los últimos detalles para crear y poner en marcha Living Center, una nueva sociedad destinada a gestionar toda la herencia de ladrillo procedente de Bankia. Así lo confirman fuentes del banco, que explican que esta nueva filial se lanzará en los próximos días. Living Center contará con un perímetro valorado en unos 1.600 millones de euros en activos inmobiliarios. La cartera procedente de Bankia cuenta con unos 21.000 inmuebles, entre los que no solo hay viviendas, sino también aparcamientos, trasteros, activos singulares y otro tipo de bienes. La gestión, venta o alquiler de los activos de esta nueva sociedad será responsabilidad de Haya Real Estate. El servicer inmobiliario habitual del banco es Servihabitat, pero Bankia había firmado un contrato con Haya al que todavía le restaban ocho años de vigencia. La cancelación anticipada del contrato con Haya suponía un coste, al que se sumaban otros vinculados a la integración de dos plataformas inmobiliarias de gran tamaño como las de Bankia y CaixaBank. Estos inconvenientes han llevado a los responsables del grupo a considerar que es más operativo mantener dos sociedades de desinversión inmobiliaria distintas y con identidad y gestión diferenciadas. Con la creación de Living Center, los 1.600 millones de euros en activos inmobiliarios saldrán del balance del banco. La sociedad pasará a formar parte del perímetro de Building Center, la filial de CaixaBank comandada por Jordi Soldevila y especializada en desinversión de carteras de inmuebles. Aunque sí dependerá orgánicamente, la nueva filial dispondrá de un funcionamiento separado de Building Center, ya que ésta mantiene un acuerdo de servicing con Servihabitat al que todavía le quedan dos años de vigencia. El banco cuenta por ello con margen de tiempo para decidir qué hacer con la gestión de estas dos carteras en el futuro, unificando los servicers o continuando con el actual statu quo.   Inicio de año Aunque el proyecto de LC Living Center lleva meses fraguándose y estos días se están cerrando los últimos detalles en los registros, el objetivo de CaixaBank es que la nueva estructura del negocio inmobiliario esté en marcha y plenamente operativa el 1 de enero de 2022. En lo que va de 2021, el grupo ha cerrado ventas de inmuebles por un importe total de 527 millones de euros. En esta cifra no se han contabilizado las transacciones cerradas por Bankia en el primer trimestre del año, ya que el banco no formó parte del perímetro de CaixaBank hasta el 31 de marzo. Según las cuentas correspondientes al tercer trimestre de 2021, el grupo CaixaBank contaba con una cartera de activos inmobiliarios adjudicados netos en venta de 2.289 millones de euros, a los que hay que sumar otros 176 millones procedentes de subastas. La cobertura media contable de estas carteras oscila entre el 32% y el 42% en función de si incluye saneamientos o no. El banco presidido por José Ignacio Goirigolzarri señala en su último informe financiero que todavía está trabajando en calcular la ratio de cobertura con saneamientos de los inmuebles procedentes de Bankia, ya que la entidad nacionalizada no desglosaba este dato. Además de los inmuebles destinados a la venta, el banco dispone de una cartera de 1.681 millones de euros en inmuebles en alquiler, netos de provisiones. De éstos, 358 millones proceden de Bankia.

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MyInvestor y Openbank llevan al límite la guerra hipotecaria

El neobanco de Andbank responde a Openbank e ING con la mejor oferta del mercado sin vinculación. La banca redobla su apuesta por el tipo fijo en el tramo final del año. La banca española recrudece la batalla en los tipos fijos y mixtos de las hipotecas en este último tramo del año. ING primero, Openbank después y MyInvestor en un movimiento de última hora, han rebajado los precios que aplican a sus préstamos en estas dos modalidades y han dejado sin cambios los de las variables. Un mensaje inequívoco de que el sector no se conforma con el crecimiento récord de la contratación en el segmento fijo en lo que va de año. La batalla adquiere dimensiones extraordinarias a un paso ya del cierre de 2021. Si la de ING es una maniobra de acercamiento a los mejores tipos del mercado, la de Openbank es un asalto en toda regla a la cabeza del ránking de hipotecas a tipo que en los últimos trimestres ocupaba MyInvestor, que apenas ha tardado unas horas en responder al banco digital de Santander y recuperar su posición de banco más barato del mercado sin vinculación. El neobanco de Andbank rebajará este lunes 8 de noviembre los precios de sus hipotecas a tipo fijo en los plazos intermedios. MyInvestor mantiene tipos en el 1,49% TAE (tasa anual que recoge todos los gastos) en el préstamo a 15 años y en el 1,78% a 30 años. Pero a cambio reduce desde el 1,78% hasta el 1,58% TAE a 20 años y desde el 1,78% hasta el 1,68% a 25 años.     Competencia máxima La entidad apuesta por un modelo de producto libre, que considera más justo y transparente que el que exige la contratación de otros productos para conseguir la mayor bonificación posible en precio. Un esquema con el que MyInvestor se distingue de todos sus competidores. Sólo Openbank ofrece tipos más bajos a cambio de la domiciliación de una nómina o pago de pensión de al menos 900 euros y la contratación del seguro de hogar con la entidad. El banco de Grupo Santander ha metido la sexta velocidad y acaba de practicar su segunda rebaja del año, tras la primera de enero. Con máxima bonificación, Openbank ofrece el 1,35% TAE para los préstamos hasta 15 años; el 1,45% entre 16 y 20 años, el 1,49% entre los 21 los 25 años, y el 1,54% TAE para préstamos con un plazo de entre 26 y 30 años. Se trata de recortes muy significativos de 0,15 puntos en todos los casos respecto a los anteriores de 1,50%, 1,60%, 1,64% y 1,69%. Con estas tarifas, Openbank abre una sima entre su oferta y la del resto de competidores que aplican tarifas bonificadas en función de la vinculación. Coinc y Evo Banco, ambos del Grupo Bankinter, y Targobank ofrecen tipos muy competitivos en una escaparate hipotecario donde las ofertas a cualquier plazo por encima del 2% se han quedado fuera de juego.     Apuesta total Al cierre del mes de agosto, el 67% de las nuevas hipotecas se firmaron a tipo fijo, sólo un peldaño por debajo del máximo histórico del 68,1% de julio. En 2020 el 50% de las hipotecas que se firmaban era fijas y en 2021 ya representan las dos terceras partes de la cuota de mercado. Este salto refleja la creciente fortaleza de este tipo depréstamos que aportan ingresos estables, independientes del euribor. Las entidades están haciendo un esfuerzo ímprobo en rebajas de precios como demuestran los últimos movimientos de ING, Openbank y MyInvestor. Con los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) sobre la mesa, al cierre del mes de agosto el tipo de interés nominal (TIN) medio de las hipotecas fijas en España se situaba en el 2,70%, apenas una décima sobre el mínimo del año del 2,69% marcado en junio, y claramente por debajo del 3,05% al que terminó el ejercicio 2020. Nunca los precios han sido tan bajos. Tanto que la diferencia entre las hipotecas fijas y las variables se redujo en agosto hasta los 59 puntos básicos, frente a los 60 puntos cuando acabó el ejercicio 2020. En 2019, antes de la crisis del Covid, la diferencia entre fijas y variables era de 87 puntos básicos. El crecimiento es imparable y se deja ver con mucha claridad en las cifras que manejan los brókeres hipotecarios, que sacan a subasta las peticiones de hipotecas de sus clientes, por las que pujan los bancos. Uno de los más activos, Trioteca, indica en su mensual de octubre que el 91,5% de las hipotecas firmadas el pasado mes en su plataforma fueron tipo fijo.

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El proceso a seguir en la firma de una hipoteca

  En la firma de una hipoteca…   El notario asegura la protección de los clientes en las hipotecas Cuando vas a contratar un préstamo hipotecario la entidad financiera te presenta una propuesta económica. Para que como comprador conozcas y comprendas las condiciones del contrato que vas a firmar, la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, establece la necesidad de un asesoramiento imparcial, independiente y gratuito a través de un notario.   El cliente es quien elige el notario Toda la información y la documentación relacionada con el contrato que vas a firmar con la entidad bancaria y sus condiciones se incorporan a una plataforma digital segura y confidencial del Consejo General del Notariado. Recibirás un correo electrónico para iniciar, con un notario de tu elección, los trámites de información. Posteriormente firmarás la escritura pública de la hipoteca y de la compraventa con el mismo notario.   La selección de notario puede realizarse a través de internet o presencialmente A través de la página web www.notariado.org podrás elegir el notario online. Cuando recibas un sms de confirmación ya podrás concertar una primera cita en la notaría para ser informado sobre las condiciones de tu hipoteca. También puedes realizar la selección de notario presencialmente en la notaría que elijas. La notaría que elijas para ser informado sobre las condiciones de la hipoteca será la misma que posteriormente autorice la escritura del préstamo y de la compraventa. Más información en www.notariado.org o en cualquier notaría.    

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Openbank baja 0,15 puntos sus hipotecas fijas y mixtas

La guerra sin cuartel que la banca española libra en el negocio hipotecario escenifica una nueva gran batalla en este último tramo de 2021. Apenas 10 días después de que ING anunciara una rebaja de 0,10 puntos en el tipo de interés de sus hipotecas a tipo fijo y mixto, Openbank responde con un recorte aún mayor en las mismas modalidades para los clientes que cumplen con todas las condiciones y se aplican la máxima bonificación. En el caso de la hipoteca a tipo fijo, la entidad 100% digital de Banco Santander ha rebajado la TAE (tasa anual equivalente, que recoge todos los gastos de la operación) hasta el 1,35% para los préstamos hasta 15 años; hasta el 1,45% entre 16 y 20 años, hasta el 1,49% entre los 21 los 25 años y hasta el 1,54% TAE para préstamos con un plazo de entre 26 y 30 años. Se trata de recortes muy significativos de 0,15 puntos en todos los casos respecto a los anteriores de 1,50%, 1,60%, 1,64% y 1,69% que aplicaba hasta ahora. Con este movimiento, Openbank se consolida como la entidad más barata del mercado junto a MyInvestor en hipotecas fijas, segmento que según la propia entidad ya supone cerca del 70% de su nueva producción. Además, mete tierra de por medio respecto a las hipotecas de Coinc y de Targobank, con las que hasta ahora compartía tipos bastantes similares en todos los plazos. A tipo mixto, Openbank rebaja el precio del tramo fijo correspondiente a los primeros 10 años hasta el 1,25% TAE para hipotecas con un plazo inferior a 15 años; al 1,35% de 16 hasta 20 años; al 1,39% de 21 a 25 y al 1,44% TAE entre 26 y 30 años. En esta modalidad de hipotecas mixtas que combina un plazo a tipo fijo inicial y uno variable posterior, a partir del año once Openbank aplica un diferencial del 0,49% sobre el euribor.   Bonificación Para conseguir las mejores condiciones en las hipotecas, Openbank exige la domiciliación de una nómina o pago de pensión de al menos novecientos euros y la contratación del seguro de hogar con la entidad.

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Santander rebaja más de la mitad su riesgo inmobiliario en dos años

La banca española arrastra una herencia inmobiliaria de la crisis anterior de 47.500 millones, que repunta a 79.000 millones con Sareb. La banca española realizó una gran limpieza de balances entre 2017 y 2018 y el desagüe continúa, a menor ritmo, durante el Covid. Santander ha sido el más activo en venta de carteras a los fondos de capital riesgo. Gracias a esa política, la entidad ha logrado reducir más de la mitad el volumen de la herencia inmobiliaria que arrastra de la crisis inmobiliaria, que se disparó con la compra de Banco Popular. En dos años, Santander ha reducido su lastre inmobiliario de 33.800 a 12.504 millones de euros, según datos de Axis Corporate.   Carteras Ana Botín ha vendido en los últimos meses una cartera de créditos dudosos de 649 millones a Marathon. También se ha desprendido de una cartera de hipotecas morosas de 200 millones de valor nominal a CPPIB, el fondo más importante de pensiones de Canadá, así como de un lote de créditos a empresas hoteleras de 136 millones a Bybrook. Los fondos de capital riesgo están analizando ahora un paquete de préstamos morosos a pymes. Se trata de una cartera de 600 millones (Titán) que está moviendo Alantra entre potenciales inversores. Como consecuencia de esta alta actividad, Santander ha dejado de ser el banco español con mayor volumen de activos tóxicos en balance por primera vez en años. Ese puesto lo tiene ahora CaixaBank, que prácticamente ha duplicado el saldo de créditos dudosos e inmuebles en cartera con la compra de Bankia. CaixaBank tiene 8.600 millones de activos tóxicos en balance y Bankia ha engordado esta exposición con otros 6.200 millones. Bankia traspasó sus peores activos inmobiliarios y los peores créditos a Sareb en 2012. Aparcó en el banco malo un volumen total de 22.317 millones de euros, casi la mitad de lo que traspasaron las cajas rescatadas. Sin embargo, el saldo de activos improductivos sobre balance siguió siendo mucho más elevado que en el resto de grandes bancos. Además, no recurrió tanto como otras entidades al mercado mayorista para no castigar su cuenta de resultados. Estos fondos aplican descuentos de entre el 70% y el 90% cuando salen de compras. La herencia inmobiliaria total que la banca española arrastra en sus balances de la crisis financiera de 2007 asciende a 47.565 millones de euros, según los cálculos de Axis Corporate. Si sumamos el volumen traspasado a Sareb por cajas de ahorros hoy propiedad de bancos, el lastre total se eleva a 79.000 millones. Bankinter apenas concedió crédito promotor en los años del boom del crédito de 2003-2007 y tiene una herencia inmobiliaria casi testimonial sobre sus recursos propios (1.669 sobre 102.468 millones). El pasado verano salió al mercado mayorista y traspasó una cartera de 480 millones de activos tóxicos. La banca quiere limpiar lo más rápido posible sus balances antes de que aflore la morosidad de la crisis del Covid, que todavía no ha enseñado su peor cara gracias a los mecanismos de contención ejercidos por medidas gubernamentales como las moratorias a las hipotecas, los ERTE y los créditos ICO. La próxima primavera las empresas tendrán que empezar a devolver los préstamos con garantía estatal y es cuando los impagos pueden empezar a repuntar. La morosidad está ahora en el 4,4%. El consenso del mercado dice que subirá 2 o 3 puntos porcentuales. Es decir, quedará muy lejos del 13% que marcó tras el pinchazo de la burbuja inmobiliaria.   Fondos más activos Blackstone, Cerberus y Lone Star acaparan gran parte del ladrillo y los créditos impagados de la banca. Blackstone se quedó con el control mayoritario de Quasar, la sociedad a la que Santander traspasó casi todo el riesgo inmobiliario de Banco Popular a las pocas semanas de comprarlo. Cerberus compró a BBVA gran parte de los inmuebles heredados de Catalunya Caixa y de Unnim, así como activos tóxicos de Banco Sabadell. Lone Star, por último, es el fondo al que CaixaBank traspasó casi todos sus inmuebles. También se quedó con muchos créditos tóxicos de Bankia. Los fondos tienen una mayor capacidad que los bancos de aplicar quitas a los deudores porque no están sometidos a su estricta regulación. Por eso tienen más margen de maniobra para recuperar pisos o locales en garantía de préstamos fuera de los juzgados.

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Código de Buenas Prácticas Bancarias: Tratamiento jurisprudencial

¿Cómo están resolviendo los Tribunales sobre el Código de Buenas Prácticas Bancarias?   Resoluciones a favor del deudor y principales argumentos   Sentencia 90/2021 del Juzgado de Primera Instancia nº 7 de Córdoba de 6 de abril: Esta resolución establece el deber de las entidades bancarias adheridas al RDL 6/2012 de informar a sus clientes de la existencia del CBPB, así como de los requisitos necesarios para aplicarlo y de su cumplimiento o no por los mismos. De esta forma, dicta: “Por tanto, Caixabank estaba obligada a informar a sus clientes del Código de Buenas Prácticas, de los requisitos necesarios para su aplicación del mismo modo estaba obligada a comunicar sus clientes la no sujeción al mismo cuando no se cumplen los requisitos necesarios”. Además, esta misma sentencia añade que el hecho de que el préstamo no se destine exclusivamente a la compraventa de la vivienda no impide la aplicación del CBPB: “En cuanto a que el importe del préstamo no se destinó exclusivamente a la compra de la vivienda hay que indicar que esto no supone ningún inconveniente para la aplicación de la norma protectora, pues nada de esto se indica en las disposiciones legales”.   SAP de Córdoba Sección 1 nº 955/2020 de 5 de octubre: En cuanto al deber de información esta resolución establece que el fraude de ley por el incumplimiento de este deber no impide la debida aplicación del CBPB cuando se haya tratado de eludir la misma. Así, señala: “En el caso que nos ocupa, nos encontramos que la entidad adjudicataria ha privado a los ocupantes de la vivienda de acudir a los instrumentos de protección contemplados en el artículo 1 de la Ley 1/13 de 14 de mayo, ya que no se ha discutido que se tratase una vivienda habitual como exige el artículo 1 de dicha ley. Por tanto, ha impedido que pudiera interesarse (si se cumplían los requisitos legales para ello) la suspensión del lanzamiento de la vivienda así como de la posibilidad de permanecer en régimen de alquiler en la propia vivienda con unas condiciones de rentas ventajosas tal y como contempla el Código de Buenas Prácticas Bancarias del RD 6/2012 de 9 de marzo. Por ello, BUILDINGCENTER S.A.U., conocedora de la existencia de unos ejecutados personados en el procedimiento de ejecución hipotecaria y que se trataba de la existencia de una vivienda habitual, ha privada a dichos ejecutados de la posibilidad de acreditar en dicha sede que reunían los requisitos para interesar la suspensión del lanzamiento y ha abandonado dicha vía judicial y en lugar de acudir al artículo 675 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ha interesado la vía del juicio verbal de desahucio por precario, encontrándonos ante una situación que constituye un fraude de ley procesal que de conformidad con el artículo 6,4 del Código Civil, no impedirá la debida aplicación de la norma que se hubiera tratado de eludir”.     Resoluciones en contra del deudor y puntos clave en la defensa con el CBPB   STS (Sala 1ª) de 5 de abril de 2018: De esta sentencia puede extraerse, en primer lugar, que el prestatario puede solicitar judicialmente la aplicación del CBPB. Además, también se establece que dicha aplicación alcanza a los préstamos hipotecarios que, aunque hayan sido resueltos previamente a entrar en vigor el RDL 6/2012 que regula el CBPB. Puede exigirse la aplicación del mismo si en ese momento el hipotecante está a tiempo de acogerse a alguna de las medidas de protección. Así, la sentencia dice: “Bajo una interpretación sistemática y teleológica de la norma ( art. 2 RDL 6/2012, de 9 de marzo ), la aplicación del Código de Buenas Prácticas y de las exigencias asumidas por las entidades de crédito al adherirse al mismo, también alcanzaría a los préstamos o créditos hipotecarios que, pese a haber sido resueltos antes de entrar en vigor la norma, en ese momento el hipotecante todavía estuviera a tiempo de acogerse a alguna de las medidas de protección”. No obstante, dicha resolución finalmente resulta desestimatoria, debido a que se trata de dos deudores y solo uno cumple con los requisitos necesarios para aplicar el CBPB, determinando el Alto Tribunal la exigencia de que todos los deudores se encuentren dentro del umbral de exclusión: “Otro de los requisitos exigidos por el art. 2 para la aplicación de las medidas de protección contenidas en el Código es que el deudor se encuentre situado en el umbral de exclusión que se define en el artículo 3. El art. 2 se refiere al deudor, en singular. Y el art. 3 se refiere en plural a los deudores de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca. Por lo tanto la norma contempla la pluralidad de deudores, que es lo que ocurre en nuestro caso (matrimonio). Al desgranar los requisitos que deben concurrir sobre estos deudores para que puedan considerarse incluidos en el umbral de exclusión, el art. 3.1 exige que todas las circunstancias que a continuación se enumeran concurran «en ellos». Esto es, en un supuesto como el nuestro, en que son DOS DEUDORES SOLIDARIOS, prestatarios, que a su vez hipotecan la vivienda en garantía de la devolución del préstamo, la exigencia de que se encuentren bajo el umbral de exclusión debe concurrir en los dos, aunque, como es el caso, después de la separación y el divorcio, hayan dejado de formar parte de una unidad familiar”.   SAP Valencia Sección 9ª nº 4949/2018 de 29 de octubre: En dicha resolución se afirma la imposibilidad de aplicar el CBPB cuando el deudor ya se encuentra en el procedimiento de ejecución, una vez producido el anuncio de subasta: “En concreto, las medidas de previstas en el RD referido se refieren a los deudores comprendidos en el ámbito de aplicación del artículo 2 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, que podrán solicitar y obtener de la entidad acreedora la reestructuración de su deuda hipotecaria al objeto de alcanzar la viabilidad a medio y largo plazo de la misma, debiendo acompañar junto a la solicitud de reestructuración,

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Sobre el Código de Buenas Prácticas Bancarias

El Código de Buenas Prácticas Bancarias (CBPB) como mecanismo de defensa para los deudores ¿Qué es Código de Buenas Prácticas Bancarias? El CBPB es un conjunto de medidas recogidas en el Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, que deben aplicar los bancos adheridos al mismo para reestructurar la deuda de los hipotecados con una situación económica vulnerable. En dicho RD se indica quién puede acogerse al mismo y cuáles son las soluciones que los bancos se comprometen a ofrecer. Todas las entidades bancarias adheridas a este código tienen la obligación de cumplirlo, aplicándolo a las familias que cumplen con los requisitos necesarios. Dicha aplicación se supervisa por el Ministerio de Economía, la Asociación Hipotecaria Española, el Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores, pudiendo consultarse el seguimiento en la página web del Ministerio de Economía.   Requisitos para acogerse al Código de Buenas Prácticas Bancarias El artículo 2 del RD 6/2012 establece los siguientes requisitos para acogerse al CBPB: Ser deudor de un préstamo o crédito garantizado con hipoteca sobre su vivienda habitual. Que el conjunto de ingresos de los miembros de la unidad familiar del deudor no supere 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual de 14 pagas. Se entenderá como unidad familiar la formada por el deudor, su cónyuge no separado legalmente o pareja de hecho inscrita y los hijos, independientemente de su edad, que residan en la vivienda, incluidos los unidos por una relación de tutela, guarda o acogimiento familiar. Cuando alguno de los miembros de la unidad familiar tenga declarada discapacidad superior al 33%, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral el límite previsto equivaldrá a 4 veces el IPREM. El mismo límite será de 5 veces el IPREM cuando el deudor hipotecario sea una persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual con un grado reconocido igual o superior al 33% o con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65%, también en los casos de enfermedad grave que incapacite acreditadamente para realizar una actividad laboral a la persona o a su cuidador. Que en los 4 años anteriores a la solicitud la unidad familiar haya sufrido una alteración significativa de sus circunstancias económicas en cuanto al esfuerzo de acceso a la vivienda o hayan sobrevenido en el mismo periodo circunstancias familiares de especial vulnerabilidad. Se considerará que ha tenido lugar una alteración significativa de las circunstancias económicas en el momento en que el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por, al menos, 1’5, a no ser que el banco demuestre que la carga hipotecaria cuando se concedió el préstamo era igual o superior a la carga hipotecaria en el momento de la solicitud de aplicación del CBPB. Igualmente, se encontrarán en una circunstancia familiar de especial vulnerabilidad: La familia numerosa La unidad familiar monoparental con hijos a cargo La unidad familiar con un menor de edad La unidad familiar en la que alguno de sus miembros tenga reconocida una discapacidad superior al 33%, una situación de dependencia o una enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral La unidad familiar con la que convivan una o más personas unidas con el titular de la hipoteca o con su cónyuge por un vínculo de parentesco de hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia o enfermedad grave que les incapacite acreditadamente de forma temporal o permanente para realizar una actividad laboral. La unidad familiar en la que exista una víctima de violencia de género. El deudor mayor de 60 años, independientemente de que cumpla o no con los requisitos para ser considerado una unidad familiar. Que la cuota hipotecaria sea superior al 50% de los ingresos netos que perciba el conjunto de los miembros de la unidad familiar. Cuando alguno de dichos miembros sea una persona con una discapacidad superior al 33%, una situación de dependencia o una enfermedad que le incapacite acreditadamente de forma permanente para realizar una actividad laboral, con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual superior al 33% o con discapacidad física o sensorial superior al 65%, este porcentaje será del 40%. A estos efectos, se entenderá que presentan una discapacidad en grado igual o superior al 33% los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente total, absoluta o de gran invalidez y los pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad. Además, para poder aplicarse las medidas complementarias y sustitutivas será necesario que se cumplan los siguientes requisitos: Que el conjunto de los miembros de la unidad familiar carezca de cualesquiera otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que enfrentarse a la deuda. Que sea un crédito o préstamo garantizado con hipoteca que recaiga sobre la única vivienda en propiedad del deudor y concedido para la adquisición de la misma. Que se trate de un crédito o préstamo que carezca de otras garantías reales o personales o, si existieran estas últimas, que carezca de otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda. En el caso de que haya codeudores que no formen parte de la unidad familiar, deberán estar incluidos en las características anteriores.   ¿Cómo solicitar acogerse al CBPB? El artículo 2.3 RD 6/2012 determina que para acogerse al CBPB el deudor deberá acreditar ante la entidad acreedora que cumple con los requisitos citados presentando los siguientes documentos: En cuanto a la percepción de ingresos por los miembros de la unidad familiar: Certificado de rentas y, en su caso, certificado relativo a la presentación del Impuesto de Patrimonio expedido por la AEAT o por el órgano competente de la Comunidad Autónoma

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