El escándalo del llamado cártel de coches, un entramado de marcas y concesionarios por el que se llegaron a una serie de acuerdos sobre el precio de venta de los coches que perjudicaba a los compradores, ha activado a todas las asociaciones de afectados, consumidores y conductores que compraron un coche entre el año 2006 y el año 2013.
A lo largo de los últimos meses se han ido ratificando todas las multas con las que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia estaba sancionando a los establecimientos y fabricantes relacionados con esta trama y ya han sido muchos afectados los que se han movilizado para reclamar su correspondiente indemnización.
Para saber si nuestro vehículo está en la lista de afectados por el cártel de los coches, la Organización de Consumidores y Usuarios ha desarrollado una completa aplicación en su página web que nos informa en el acto sí tenemos derecho a solicitar la indemnización correspondiente.
Hay que entrar en el siguiente enlace y rellenar los datos que nos pide el formulario. La información requerida es: la marca del coche comprado, la fecha de compra y el concesionario en el que se adquirió el vehículo. Al hacer clic en enviar, automáticamente nos aparecerá un mensaje confirmándonos si podemos reclamar o si no estamos dentro del grupo de afectados.
En el caso de poder reclamar una indemnización, la OCU asegura que cada afectado recuperará entre el 10 y el 15% del precio de compra del coche. Esto quiere decir que, en algunos casos, se podrían recibir como indemnización hasta 9.000 euros.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?
En concreto al artículo 1.968, donde se explica que el plazo para solicitar la indemnización es de un año contando desde la fecha de publicación de las sentencias del Tribunal Supremo. Como cada una de ellas responde a diferentes recursos interpuestos por las diferentes marcas y concesionarios involucrados, habrá que averiguar qué sentencia (y con qué fecha) se refiere al fabricante de nuestro automóvil o a nuestro concesionario de venta.
Además, avisan de que el periodo de un año de prescripción es susceptible de ser interrumpido, por lo que apremian a iniciar el proceso lo antes posible. Para iniciar los trámites, hay que presentar la factura de compra, el permiso de circulación del vehículo y la ficha técnica.
¿Cuánto dinero de indemnización puedo recibir?
El cálculo de las sanciones que debe pagar cada concesionario o cada fabricante se realiza teniendo en cuenta diferentes agravantes, como el tiempo que los participantes del cártel formaron parte de esta trama o el beneficio económico que obtuvieron.
Las indemnizaciones se calculan dependiendo de la marca y el modelo del coche que se compró, prestando atención al sobrecoste que tuvo que afrontar el comprador. Se estima que, al menos, cada afectado recibirá entre el 10 y el 12% del precio que pago por su vehículo, con cantidad que varían entre los 2.000 y los 9.000 euros.
¿Quiénes pueden reclamar?
Cualquier persona física o jurídica, de forma individual o colectiva, que se haya avisto afectada por este intercambio de información «secreta, futura y estratégica», como la calificó la CNMC. Entre los afectados no solo se encuentras conductores particulares, sino que también hay empresas de alquiler de vehículos o con grandes flotas, taxis y VTC.
Para saber si nuestro coche es uno de los modelos afectados por estas actuaciones, es posible utilizar la herramienta que ha puesto a disposición del público la Agrupación de Afectados por el Cártel de Coches (AACC) en su página web. Simplemente hay que acceder a la página e insertar la marca y el modelo del coche además del año de compra. Automáticamente, se reflejará si ese coche se compró por un precio más elevado o no.
¿Cómo se puede reclamar?
La manera de reclamar puede ser colectiva o individual, aunque es cierto que a través de ciertas asociaciones de afectados como AACC es más fácil afrontar todo el proceso. Antes de iniciar todo el procedimiento judicial para requerir una compensación, es necesario recopilar todos los documentos que justifiquen y certifiquen la compra de un vehículo afectado por el ‘cártel de coches’.
Los documentos imprescindibles son la factura de compra o la acreditación del pago del alquiler o leasing de un vehículo, los importes pagados para reparaciones (si los hubiese), además de la ficha técnica del vehículo y los contratos correspondientes.